La iniciativa, que fue elaborada en conjunto con el Programa Nacional de Lactancia Materna del MinisterIo de Salud Pública (MSP) y lleva la firma de varios legisladores de Asamblea Uruguay, define la sala de lactancia como “el área exclusiva y acondicionada destinada para que las mujeres en etapa de lactancia realicen la extracción, almacenamiento y/o amamantar”. En la exposición de motivos se previene que estas salas deberán asegurar la privacidad, seguridad, higiene y comodidad para un adecuado amamantamiento, así como la extracción y conservación de la leche materna.
Actualmente, ya hay organismos estatales y empresas privadas que han instalado esas salas: UTE, Correo Uruguayo, Ministerio de Desarrollo Social, Banco de Previsión Social, Casmu, diario El Observador, Laboratorio Roemmers, Facultad de Ingeniería, entre otros.
“La lactancia materna es la acción natural de alimentar al bebé con el alimento producido por la madre. Este alimento es la mejor opción que se le puede ofrecer al bebé en su primera hora de vida, principalmente porque ofrece beneficios que ningún otro alimento proporciona: lo favorece en su adaptación al mundo, en su desarrollo psicoafectivo y en su relación con la madre; lo protege de enfermedades infecciosas y es el alimento más nutritivo que existe, ya que estimula su desarrollo emocional y motriz, su coeficiente intelectual, su desarrollo visual, auditivo y comunicativo”, explica la diputada Sanseverino.
Asimismo, la legisladora destaca que la leche materna “incluso trae beneficios económicos para las familias y la sociedad, tanto por ser un alimento natural y renovable que no necesita ser comprado, como respecto del costo de las enfermedades que se evitan con el amamantar y ambientales, ya que no produce residuos tóxicos ni sólidos y no tiene efectos sobre el medio ambiente. Aportarle nutrientes adicionales a la madre que amamanta resulta aún más barato que comprar productos sustitutos de la leche materna”.
Desde hace varios años Uruguay viene trabajando en la promoción de la lactancia materna a través de los servicios sanitarios, en particular con la iniciativa de hospitales amigos de niñas y niños; la promoción de que los padres tomen parte activa en el cuidado de lactantes y niños pequeños y compartan dichas responsabilidades con las madres, paralelamente a empoderar a las mujeres y mejorar su salud y su estado nutricional a lo largo de toda la vida.
La Ley 19.161 incorporó cambios en la vida laboral de las mujeres y de los hombres, aumentando las semanas de licencia maternal, triplicando los días de licencia paternal e incorporando el medio horario hasta los 6 meses de vida del bebé para proteger la lactancia y el cuidado.
De aprobarse el proyecto de ley, las entidades públicas y privadas dispondrán de un plazo no mayor a seis meses para instalar sus respectivas salas de lactancia. Aquellas que entiendan que no las necesitan, deberán comunicarlo a una Comisión Asesora que resolverá al respecto.
Fuente: http://www.republica.com.uy/